MODIFICACIONES AL RETIQ MARZO DE 2017
El Ministerio de Minas y Energía, como ente regulador del etiquetado energético en Colombia, avanza en un proyecto de modificación del Reglamento Técnico de Etiquetado, con el fin de aclarar el alcance de algunos requisitos y facilitar la implementación de la iniciativa en el país. Dicho proyecto cuenta con un concepto favorable de la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y está en proceso de completar trámites para su notificación internacional, según lo establecido por el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio y la Comunidad Andina de Naciones.
Ante la necesidad de aclarar y ajustar algunas medidas dispuestas por el reglamento, el ministerio ha expedido la Resolución 4 0234 del 24 de marzo de 2017, que considera los siguientes aspectos:
- Alinea el reglamento con los alcances del control y vigilancia de los equipos objeto de etiquetado, cambiado de “exclusión” a “excepción”.
- Aclara el alcance de la suspensión del etiquetado para acondicionadores de aire portátiles
- Amplia la fecha para la realización de la capacitación por vendedores e impulsadores de ventas
- Establece el 1 de abril de 2018 como nueva fecha para hacer exigible el etiquetado de acondicionadores de aire unitarios, acondicionadores de aire tipo “Multi Split” calentadores de agua, gasodomésticos para cocción de alimentos y motores eléctricos tipo sumergible.
Consulte la resolución – AQUI
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